Audiencia Provincial desestima los recursos del condenado y su aseguradora, confirma la condena penal por un delito de lesiones por imprudencia y la privación del permiso de conducir y se estima nuestro recurso elevando la indemnización de 90.000 € a 117.000 € con imposición de los intereses sancionadores del art. 20 LCS y costas judiciales.
El conductor de un turismo había iniciado un viaje desde Málaga a A Coruña y a la altura de Lugo, atropella a un gruista y un camionero en el arcén de una de las incorporaciones a la autovía.
La condena penal se fundamenta en que el conductor no realizo los descansos necesarios para evitar las pérdidas de atención durante la conducción. Declaran probada una desatención “sin que sea relevante si la misma fue ocasionada por el sueño o por el cansancio”. Aunque el accidente fue de noche la avería del vehículo estaba perfectamente señalizada, el tramo era recto, con buena visibilidad y los peatones tenían prendas reflectantes. Por lo que el conductor es condenado por un delito de imprudencia por desatención en la conducción.