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Casos de éxito

Contrato seguro: Responsabilidad aseguradora

Sentencia AP LUGO, 11 de mayo de 2016

Ante el Juzgado de lo Mercantil de Lugo planteamos la negativa de una entidad aseguradora a asumir los daños sufridos por un cliente por vicios de construcción y el derecho a designar profesionales de libre designación con cargo al seguro de defensa jurídica para reclamar a un tercero la responsabilidad en el siniestro.

Nuestro cliente había suscrito un contrato de seguro modalidad multirriesgo o póliza combinada, en la que se incluye entre otros riesgos: daños, responsabilidad civil y defensa jurídica.

La entidad aseguradora entendía que el siniestro estaba excluido de los riesgos y daños cubiertos por excluir asentamientos, hundimientos, desprendimientos, corrimientos de tierra, subidas del nivel freático y/o colapso de los bienes asegurados por pérdida de resistencia mecánica, aunque su causa próxima y remota, se encuentra cubierta por alguna de las garantías y coberturas contratadas.

La juez nos da la razón en base al enunciado de los riesgos que se recoge en las condiciones particulares de la póliza “riesgos extensivos” y entiende que están cubiertos los daños causados por el agua a terceros dentro de la garantía responsabilidad civil de la explotación, en base al artículo 73 de la Ley del Contrato de Seguro.

Añade, además, que las cláusulas de exclusión que aplicaba la aseguradora para rechazar el siniestro no están aceptadas expresamente con la firma del asegurado y por tanto, carecen de validez, conforme al artículo 3 de la Ley de Contrato de Seguro.

La Audiencia Provincial confirma la sentencia con imposición de costas al inadmitir los argumentos de la aseguradora. Ésta defendía que los daños producidos por el agua y el derrumbe del inmueble sobre la finca colindante no tenían encaje en la responsabilidad civil de la explotación. La Audiencia estima nuestros argumentos al entender que los daños causados a terceros sí afectaron a la explotación empresarial, aunque la nave estuviera arrendada.



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