Sentencia: 2 de noviembre de 2022
Por la Liga Nacional de Futbol Profesional se formuló querella contra nuestro cliente por el “pirateo de los partidos de champions”.
Se interesaba por la querellante una condena de 2 años de prisión y veinte meses de multa con cuota diaria de 15 € por un delito contra la propiedad intelectual y por un delito contra el mercado de los consumidores se solicitaba una multa de diez meses con una cuota diaria de 15 €, una indemnización en concepto de responsabilidad civil de 825,39 € y las costas del procedimiento.
Celebrado el juicio se dictó sentencia por la que se consideró los hechos como un delito leve y como consecuencia fue el pago de una multa de 270 € y una indemnización de 825,39 € considerando que las transmisiones o grabaciones en directo de un partido de fútbol carecen de la mínima originalidad y altura creativa necesarias para ser considerada como una obra protegida por la propiedad industrial y los derechos audiovisuales no están considerados como derechos de propiedad intelectual puesto que no son obras protegidas por el derecho de autor, teniendo La Liga sólo funciones de comercialización, no de producción, ni de realización de grabación audiovisual.