Sentencia: 1 de junio de 2023
Nuestro cliente procedió a la resolución de todos los contratos de trabajo de los trabajadores contratados para la construcción de un buque. Uno de ellos había sufrido un accidente laboral y mantenía litigios contra la empresa.
El contrato se había rescindido en el mes de enero y en el mes de marzo le fue reconocida al trabajador una Invalidez permanente total.
La sentencia estima la demanda y declara la nulidad del despido porque considera que no se acredita como cierta la causa de cese. Así entiende el mismo como una represalia y considera al trabajador especialmente protegido por estar de baja por una grave enfermedad.
Condenó a la empresa a abonar una indemnización de 4.638,30 € más los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la fecha de la sentencia lo que implicaba abonar 15.039,24 € por los salarios. Deben abonar, además, 6.000 € en concepto de indemnización por vulneración de derechos fundamentales.
La sentencia es revocada reduciendo la indemnización a 3.435,78 €, mantiene la indemnización de 6.000 € y deja sin efecto los salarios de tramitación aplicando la doctrina que citamos del TS de 11 de enero de 2022.