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Blog, Derecho Laboral

¿ERES PADRE Y TIENES UNA PENSIÓN DESDE EL 4 DE FEBRERO DE 2021? LA SEGURIDAD SOCIAL CAMBIA LAS REGLAS DEL COMPLEMENTO DE BRECHA DE GÉNERO.

La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (15 de mayo de 2025) ha obligado a la Seguridad Social a reconocer un derecho que llevaba años negado a miles de hombres, el complemento de brecha de género.

Un complemento que antes estaba reservado casi exclusivamente a las mujeres, pero que ahora, gracias al nuevo Criterio de Gestión 12/2025, también se reconoce a los hombres en igualdad de condiciones.

Y lo mejor es que puedes cobrarlo incluso con carácter retroactivo.

Se trata de una cantidad mensual que se suma a la pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.

Actualmente es de unos 35,90 € por cada hijo y se aplica hasta un máximo de 4 hijos.

Para que comprobemos si puedes cobrarlo, es necesario disponer de la resolución de la pensión, libro de familia para acreditar los años de nacimiento de los hijos/as y si el otro progenitor cobra pensión.

Cumpliendo lo anterior es muy probable que se tenga derecho a cobrar más en la pensión.

Myrian Pérez.

Graduada social.



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