Sentencia: 30 de abril de 2018
Publicamos este caso, porque pocas veces la Administración revoca sus propias decisiones y, afortunadamente, es lo que pasó en este caso.
Nuestro cliente, había sufrido un ictus y se le reconoció una invalidez absoluta y se conformó con la resolución. Ante dicha situación promovimos un expediente de revisión del grado porque realmente está en una silla de ruedas y necesitaba ayuda para la mayoría de las actividades básicas de la vida diaria con índice Barthel 60/100.
La solicitud se presentaba sin esperar al plazo marcado en la primera resolución para revisar el grado, no obstante, dicho problema, se estimó la reclamación.