Sentencia: 11 de noviembre de 2005
Por el Instituto Nacional de la Seguridad Social se declaró a nuestra cliente apta para trabajar considerando que las enfermedades que padece son anteriores al inicio de la actividad laboral y no disminuyen ni anulan su capacidad laboral.
Padecía nuestra cliente un eczema crónico de manos con brotes continuos y años de evolución, lo que le impedía el uso de labores que requieran el uso de las manos.
Se rechaza el argumento de que la enfermedad es anterior a la afiliación o inicio del trabajo porque se acredita una agravación sustancial de la enfermedad y, en base a que el efecto invalidante se ha producido años después del alta para trabajar por presentar brotes continuos.
Y declara una incapacidad permanente absoluta porque el uso de las manos es necesario en cualquier trabajo.
Dichos argumentos fueron aceptados por el INSS y no formuló recurso contra la sentencia.