En el año 2011 España sufría una de sus reiteradas o cíclicas crisis, por distintos motivos, nuestra cliente, una empresa de construcción no pudo iniciar un proyecto de edificación. Había adquirido terrenos y se había comprometido en pago a la entrega de un número determinado de viviendas. Como garantía de cumplimiento había entregado un aval por importe de 1,332.150 €.
La propiedad ante el incumplimiento del contrato de permuta ejecutó el aval y el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de A Coruña -mercantil- dictó auto estimando nuestra petición de suspender los efectos ejecutivos del aval.
Argumentamos, entre otros muchos motivos, la pérdida del valor de los terrenos provocada por la crisis económica del país y que afectaba especialmente al sector de la construcción. A ello, se sumaba la demora por parte de la Administración en conceder las licencias. Por lo que se estimó que existía justa causa para no haber dado cumplimiento al contrato de permuta.
La propiedad impugnó judicialmente, el auto y finalmente, se llegó a un acuerdo por el que se aceptó una rebaja en el precio de 372.150 €.