ORÍGENES DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL
De Roma a hoy: la deuda pendiente de la responsabilidad civil
La Lex Aquilina s. III a. C. estableció que quien causara un daño injustamente estaba obligado a indemnizarlo.
En el año 27 a.C., un anfiteatro de madera se desplomó en Roma causando decenas de víctimas. El Senado reaccionó con una medida que hoy llamaríamos pionera: obligar a todo organizador de espectáculos a disponer de un capital mínimo de 400.000 sestercios para responder de los daños. Un antecedente de lo que hoy entendemos como responsabilidad civil.
Han pasado más de dos mil años y la responsabilidad civil ha recorrido un largo camino:
- Edad Media: la reparación dependía muchas veces de costumbres locales o de acuerdos privados entre familias.
- Codificación moderna (s. XIX): el Código Civil francés de 1804 y el español de 1889 consolidaron la idea de que todo aquel que causa un daño por acción u omisión debe indemnizarlo.
- Siglo XX: la generalización de los seguros obligatorios en sectores de riesgo (circulación de vehículos a motor, actividad sanitaria, edificación, etc.) reforzó la protección de las víctimas.
Pero todavía hoy, a diferencia de Roma, nuestros gobiernos permiten que muchas actividades se ejerzan sin seguro de RC ni aval previo.
Ejemplos en España:
- Comunidades de propietarios sin póliza de RC por daños en zonas comunes.
- Autónomos de múltiples sectores que trabajan sin seguro de RC profesional.
- Pequeños bares o comercios que abren sin cobertura mínima.
- Asociaciones culturales o deportivas que organizan actividades sin póliza obligatoria.
- Administradores y directivos que sólo contratan seguro D&O si quieren.
- Actividades mineras de alto riesgo de enfermedad para las personas o medio ambiente.
Si Roma exigió garantías tras una tragedia, ¿Por qué seguimos permitiendo que en pleno siglo XXI miles de actividades con potencial de causar perjuicios funcionen sin red de seguridad? ¿Por qué se deja indefensas a las víctimas ante el riesgo de insolvencia del responsable? ¿Por qué se deja entrar en el mercado a quien no ofrece garantías en perjuicio de quienes sí las ofrecen?.
La responsabilidad civil no es un trámite burocrático: es justicia preventiva. Garantiza que quien cause un daño pueda repararlo y es necesario que los gobiernos actúen con responsabilidad romana.
Quizá sea hora de que nuestros legisladores miren menos a la improvisación y más al ejemplo romano.
Cándido Álvarez
Abogado.