Sentencia TSJ Galicia
Por la Inspección de trabajo de Lugo se emite informe desfavorable para la suspensión por fuerza mayor de la actividad de una empresa dedicada a asesorar a ganaderos y agricultores durante el confinamiento.
La empresa tiene sus instalaciones en un centro de la Administración que fue clausurado y por tanto, las oficinas e instalaciones de la empresa fueron cerradas.
Inspección de Trabajo y Jueza del Juzgado de lo Social entendían que la empresa tenía capacidad para continuar asesorando mediante teletrabajo.
La sentencia es revocada por el Tribunal Superior de Justicia por entender que no se sostiene la decisión desde el momento que la propia Administración reconoce al empresario el derecho a cesar como autónomo y acceder a las ayudas. Resulta contradictorio con la denegación de la suspensión de los contratos de los trabajadores.
A juicio del Tribunal, difícilmente puede continuar prestando servicios de asesoramiento y formación al tener cerrado el centro, no puede tramitar las ayudas de la PAC porque los plazos administrativos están suspendidos y resultaría muy difícil intercambiar documentación y manejar planos por la falta de medios informáticos en el medio rural.