Sentencia 26.12.2023
La Administración provocó la desprotección de una familia entre el 1 de noviembre de 2022 y el 30 de enero de 2024, fechas en las que la Seguridad Social no les abonó el importe de las prestaciones por el ingreso mínimo vital y la ayuda de protección a la infancia de dicho periodo.
La cuestión objeto de debate era tan obvia que la propia Administración como condenada ha aceptado la sentencia y no la ha recurrido.
Es incomprensible que nuestra Administración pretenda aprovecharse de un error en la confección de la declaración de la renta de una familia sin recursos.
En la declaración del IRPF del ejercicio 2021, por error, cubrieron la casilla de que el inmueble en el que viven -vivienda habitual- era la segunda vivienda y esto lo aprovechó la Seguridad Social para considerar que eran propietarios de dos viviendas y privarlos de las prestaciones.
Lo anterior, con el agravante de hacer caso omiso a la certificación emitida por la Agencia Tributaria informando de que existía dicho error y que la vivienda declarada realmente era la vivienda habitual.
En base a dicho certificado, la sentencia estima nuestra demanda y condena al INSS a abonar los atrasos y continuar con el devengo de las prestaciones.