Sentencia: 16 de noviembre de 2022. Lugo
Es bastante habitual la comercialización de pólizas que garantizan un máximo de 600 € en concepto de seguro de defensa jurídica cuando el asegurado decide designar profesionales ajenos a la entidad aseguradora.
Lo anterior, es una práctica contraria a derecho y ello, implica que la cláusula que limita a ese importe los honorarios de profesionales sea nula aunque la póliza se haya firmado y aceptado en todos sus términos el condicionado.
Al ser nula, la aseguradora vendrá obligada a abonar el total de los honorarios sin límite.
Se dice en la sentencia que la cuantía de 600 € fijada en la cláusula resulta lesiva, pues impediría ejercer el derecho a la libre elección de abogado y/o procurador, al no guardar ninguna proporción con los costes de la defensa jurídica y así se condena a pagar la cantidad total de 16.450,70 € más los intereses del art. 20 LCS desde la fecha del accidente.